domingo, 14 de diciembre de 2008

Feriados (Turísticos) No Laborables 2009

Con el fin de desarrollar la actividad turística, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) declaró como no laborables a nivel nacional -para los trabajadores del sector público- durante el año 2009, los días:
viernes 2 de enero.
lunes 27 de julio.
viernes 9 de octubre.
jueves 24 de diciembre.
jueves 31 diciembre.
Para fines tributarios, estos días serán considerados hábiles, precisa el Decreto Supremo publicado en el diario oficial El Peruano.
Señala la norma que las horas dejadas de trabajar en los días no laborables establecidos, serán compensadas en la semana posterior a la del día no laborable, o de acuerdo a lo que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
Las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante los días no laborables señalados.
Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el Decreto Supremo previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, a falta de acuerdo decidirá el empleador.
El Decreto Supremo fue refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, Yehude Simon, el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Jorge Villasante; y la titular de Comercio Exterior y Turismo, Mercedes Aráoz.
Yungay Noticias.

yn.

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