martes, 20 de diciembre de 2011

MANCOMUNIDAD MUNICIPAL "HUASCARÁN"

Presidente: Guillermo Julián Ybarra Giraldo, alcalde de la Municipalidad Distrital de Shupluy.



MANCOMUNIDAD MUNICIPAL "HUASCARÁN" EN MARCHA.

Se formalizó el resgistro de la Mancomunidad Municipal "Huascarán" que fue inscrita por la Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Secretaría de Descentralización.

La Mancomunidad Municipal Huascarán la integran los concejos de Cascapara, Mancos, Matacoto, Ranrahirca y Shupluy, en la provincia de Yungay, y Tinco, en Carhuaz. Estas mancomunidades –además de adquirir condición de persona jurídica– podrán realizar actividades conjuntas y ejecutar obras.
Publicamos en Yungay Noticias el texto de la Resolución que dispone la inscripción de la Mancomunidad Municipal "Huascarán".



RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 571-2011-PCM/SD



Lima, 30 de noviembre de 2011



VISTOS:

El Oficio N° 001-2011-MMH/PCD; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 010-2011-MDC/A de la Municipalidad Distrital Cascapara; la OrdenanzaMunicipal Nº 027-2011-MDM de la Municipalidad Distrital Mancos; la Ordenanza Municipal Nº 019-2011-MDM/A de la Municipalidad Distrital Matacoto; la Ordenanza Municipal Nº010-2011-MDR de la Municipalidad Distrital Ranrahirca; la Ordenanza Municipal Nº 036-2011-MDSH de la MunicipalidadDistrital Shupluy; la Ordenanza Municipal Nº 011-2011-MDT/A de la Municipalidad Distrital Tinco; el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Huascarán”; y el Informe Nº 115-2011–PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de serviciosy la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos;

Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal;

Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales;

Que, mediante el Oficio de Vistos, el Señor Alcalde y Presidente de la “Mancomunidad Municipal Huascarán” solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales.

Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Cascapara, Mancos, Matacoto, Ranrahirca y Shupluy,en la Provincia de Yungay, y Tinco, en la Provincia deCarhuaz, en el Departamento de Ancash;

Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre:

Diagnóstico: institucional, social y demográfico; Gestión estratégica: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos y desarrollo económico local; Gestión descentralizada: estructura orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidación institucional, desarrollo económico local, capacidad de gestión y evaluación;

Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal:

a) Participación en el diseño e implementación de políticas públicas para la erradicación de la pobreza y extrema pobreza,

b) Fomento de la inversión privada, la competitividad productiva y el empleo,

c) Promoción de la planificación del desarrollo urbano y rural y

d) Diseño y promoción de un circuito turístico;

Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas:

a) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito,

b) Promover el proceso de planeamiento para el desarrollo integral, urbano y rural, con enfoque de gestión territorial y de cuenca, en el ámbito territorial de la mancomunidad municipal,

c) Promover y concertar la cooperación pública y privada en los distintos programas sociales locales,

d) Contribuir al diseño de las políticas y planes nacionales, regionales y provinciales de desarrollo social, y de protección y apoyo a la población en riesgo,

e) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 28846 y

f) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley N° 29337, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 192-2009-EF. Adicionalmente, como delegación de funciones específicas compartidas:

a)Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación con la municipalidad provincial respectiva, y organismos regionales y nacionales competentes,

b) Promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad y

c) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperación con las entidades competentes;
Que, finalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Huascarán”, contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefinida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modificación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución;

Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la “Mancomunidad Municipal Huascarán”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General;

Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Cascapara, Mancos,Matacoto, Ranrahirca, Shupluy y Tinco, aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal Huascarán”; ratificando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General;

Que, acorde con el Informe Nº 115-2011–PCM/SD-OGIMIRA, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal Huascarán”, en el Registro de Mancomunidades Municipales;

De conformidad con lo establecido en la Ley N°29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM;


SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal

Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal Huascarán”; integrada por las Municipalidades Distritales de Cascapara, Mancos, Matacoto, Ranrahirca y Shupluy, en la Provincia de Yungay, y Tinco, en la Provincia de Carhuaz, en el Departamento de Ancash; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública.

Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo

Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Huascarán”, como sigue:- Presidente: Guillermo Julián Ybarra Giraldo, alcaldede la Municipalidad Distrital de Shupluy.- Director: Julio Linderman Ibarra Jara, alcalde de laMunicipalidad Distrital de Cascapara.- Director: Avelino Toribio Huacanca Chuccho, alcalde de la Municipalidad Distrital de Mancos.- Director: Hugo Benjamín Márquez Cordero, alcalde de la Municipalidad Distrital de Matacoto.- Director: Juan Artemio Cribillero Paredes, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ranrahirca.- Director: William Alfredo Gonzales Milla, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tinco.

Artículo 3º.- Registro de Anexos

Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal Huascarán”, en el Registro de Mancomunidades Municipales.

Artículo 4º.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resoluciónde Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejode Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe/.

Artículo 5º.- Vigencia

La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL DAMMERT EGO AGUIRRE

Secretario de Descentralización

Yungay Noticias.